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RESOLUCIÓN Nº 3.325

Expediente HCD. Nº 6.490-I-18

VISTO

La carencia de señalización indicatoria de nombres y alturas para las calles que integran el ejido urbano de la Localidad de Indio Rico; y

CONSIDERANDO

Que cualquier centro urbano deber tener en la vía pública nomencladores que indiquen no solo las calles sino también las alturas en términos numéricos, realidad a la que Indio Rico no es ajena;

Que esta Localidad recibe semanalmente envíos por Correo, por comisionistas o bien por alguien que trae algo de favor, y en la mayoría de los casos los sobres y/o paquetes llegan a “Indio Rico”, sin especificar el domicilio del destinatario, porque se desconoce cuál es la calle a la que deben dirigirlos o bien porque quien reparte no puede dar con el lugar exacto;

Que es deseo de esta gestión y de este Bloque que Indio Rico siga creciendo como lo ha hecho el último tiempo, en cuyo caso los nomencladores serán no solo útiles sino necesarios;

Que es derecho de cada Indioricense y, creemos, hace a su identidad, el tener más allá del DNI una calle y un número que cualquier visitante pueda reconocer al llegar, un punto específico de su lugar en el mundo al que puedan identificar como corresponde;

Por ello,

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE

RESOLUCIÓN

ARTICULO 1º: Solicitar al Departamento Ejecutivo que, a través del área que corresponda, se arbitren los medios necesarios para la colocación de nomencladores que contengan el nombre de la calle y la altura correspondiente en la Localidad de Indio Rico.

ARTICULO 2º: Requerir tal tarea de acuerdo al Anexo I de la presente.

ARTICULO 3º: Recomendar como fecha límite para la finalización de la obra el mes de Diciembre del año próximo y, consecuentemente, la inclusión en el Presupuesto 2019 de la Partida que deberá afectarse a tal fin.

ARTICULO 4º: Encomendar por vía reglamentaria todo lo relativo a la ubicación de los nomencladores, diseño de los mismos, conformidad de los frentistas, y realización de un nuevo plano del casco urbano una vez finalizada la tarea de modo que se incluya la actualización practicada.

ARTICULO 5º: Firmar la presente en dos ejemplares, comunicarla, registrarla y archivarla.

REGISTRADA BAJO EL Nº 3.325

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS 18 DIAS DEL MES DE OCTUBRE DE 2018.-

 

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