Expediente HCD. Nº 5.867-C-16.-
VISTO
El programa presentado por el Ejecutivo, ” Ciudad Limpia “, y la creación de una nueva tasa según la Ordenanza Impositiva Ejercicio 2016, Art. 7º por los servicios de tratamiento y destino final de residuos por propiedad, baldíos, bimestral de $25;
Las Ordenanzas que existen sobre veredas transitables, como 1900/84, 3100/99, 3343-3346/03, 3517/05;
Que desde la Ordenanza Nº 1900/84, ya pasados treinta y dos años, se viene reconociendo la necesidad de contar con aceras adecuadas en el ejido urbano; y
CONSIDERANDO
Que el Municipio recaudara aproximadamente y de acuerdo a la cobrabilidad del Año 2015, $1.200.000 por la Ordenanza creada en el año que transcurre según la Impositiva Ejercicio 2016;
Que se está acopiando residuos sólidos y generando un basural a cielo abierto, en el interior del Parque Vial;
Que se designaron dos puntos en la vereda del parque vial sobre la Avenida Presidente Doctor A. Frondizi, dentro del programa Ciudad Limpia;
Que la vereda es un espacio público para el tránsito de peatones;
Que el parque Vial ubicado en la Avenida Presidente Doctor A. Frondizi, en la manzana comprendida por las calles 57, 58 , y 0 “Bis “, que según zonificación está ubicada en Zona Residencial 2, de uso predominante vivienda familiar y complementario servicios y comercio;
Que está ubicada a 150 Metros de la Escuela N° 7, y de la Sala de Salud Hipólito Irigoyen;
Que en la Manzana funciona el Taller Mecánico, Servicios Urbanos, Tránsito, con una cantidad de empleados municipales aprox. de 100 trabajadores, la delegación de Hidráulica de la Pcia. de Buenos Aires y viviendas de uso familiar;
Por ello,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE
RESOLUCIÓN
ARTICULO 1º: Que el Departamento Ejecutivo, a través del área que corresponda retire los puntos de la vereda en el Parque Vial donde se depositan escombros, ramas, dichos puntos fueron designados por el municipio dentro del programa ciudad limpia.
ARTICULO 2º: Que el Departamento Ejecutivo, a través del área que corresponda retire los residuos domésticos, limpie, desratice, en el interior del Parque Vial, y no se vuelva a depositar residuos en ese sector.
ARTICULO 3º: Firmar la presente en dos ejemplares, comunicarla y registrarla.
REGISTRADA BAJO EL Nº 3.142
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS 04 DÍAS DEL MES DE AGOSTO DE 2016.-