Press "Enter" to skip to content

RESOLUCIÓN Nº 2.895

Expediente HCD. Nº 5.145-B-13.-

VISTO

La Ordenanza Nº 3.835/10 aprobada por el Honorable Concejo Deliberante a los 7 días del mes de Octubre de 2010, y las condiciones de seguridad laboral de los agentes municipales de diversas áreas; y

CONSIDERANDO

Que dicha Ordenanza regula el Uso y Manejo de Vehículos Oficiales de la Municipalidad de Coronel Pringles, entendiéndose como tales todos los vehículos pertenecientes y/o al servicio del Municipio;

Que el Artículo 6º de la citada norma establece el Padrón Vehicular Municipal, el cual contiene información detallada de todos los vehículos municipales;

Que la Ordenanza Nº 3.835/10 en sus Artículos 7º a 11º regula tanto el uso de los vehículos en las distintas áreas municipales, descripción de todo hecho vinculado al mantenimiento de los mismos, como así también las condiciones que deberán reunir los agentes municipales responsables de los vehículos;

Que el Artículo 12º establece un protocolo a seguir en caso de producirse un accidente en el que se encuentre involucrado un vehículo municipal;

Que es de público conocimiento el estado de deterioro de la mayoría de los vehículos municipales asignados al área de la Secretaría de Servicios Urbanos, especialmente los abocados a la tarea de Recolección de Residuos Urbanos;

Que dichos vehículos se han visto involucrados en el último tiempo, en diversos accidentes con desenlaces fatales en algunos casos;

Que las condiciones de seguridad laboral de los agentes municipales no son las óptimas en las áreas expuestas a mayor riesgo de accidentes (Secretaría de Obras Públicas, Parque Vial, Planta de Reciclaje, Recolección de Residuos Urbanos, entre otras);

Por ello,

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE

RESOLUCIÓN

ARTICULO 1º: Solicitar al Departamento Ejecutivo cumpla de forma inmediata con todo lo normado por la Ordenanza Nº 3.835/10, elevando a este Honorable Cuerpo en el plazo de 10 días hábiles, el Padrón Vehicular Municipal según lo establecido en los Artículos 5º y 6º de la citada norma.-

ARTICULO 2º: Solicitar al Departamento Ejecutivo que de forma inmediata provea de las condiciones de seguridad laboral a todos los agentes municipales, conforme a la índole de sus tareas, en especial a los agentes que se encuentran expuestos a mayor riesgo de accidentes de

trabajo (Secretaría de Obras Públicas, Parque Vial, Planta de Reciclaje, Recolección de Residuos, entre otras).-

ARTICULO 3º: Firmar la presente en dos ejemplares, registrarla, comunicarla y archivarla.-

REGISTRADA BAJO EL Nº 2.895.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS QUINCE DIAS DEL MES DE AGOSTO DE 2013.-

 

Print Friendly, PDF & Email