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RESOLUCIÓN Nº 2.856

Expediente HCD. Nº 4.822-S-12.-

VISTO

El Expediente HCD. Nº 4.822-S-12 donde integrantes de SUTEBA elevan su inquietud por las condiciones en que se estarían desempeñando las actividades del CATDI (Centro Atención Temprana del Desarrollo Infantil) referido sobre todo a las limitaciones de un espacio físico compartido con otras actividades; y

CONSIDERANDO

Que se han evaluado las posibilidades de traslado del CATDI respetando Convenios establecidos previamente;

Que entre estas posibilidades se abordó lo concerniente a las instalaciones de la Oficina Municipal de Empleo;

Que parte de este espacio físico sería suficiente y adecuado pero que sin embardo deben contemplarse los Convenios firmados con el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social;

Que de las entrevistas llevadas a cabo con distintas personas involucradas surge la posibilidad de que en el ámbito de otras dependencias municipales pueda funcionar sin inconveniente lo que hoy se desarrolla en Avenida 25 de Mayo Nº 1.670;

Que es claramente comprensible y atendible la dificultad de seguir atendiendo la realidad de niños (fundamentalmente hasta 3 años) y madres, en un ambiente no adaptado, conviviendo con otras realidades y patologías;

Que si bien esto se ha ido salvando, por la muy buena predisposición de los distintos actores intervinientes, demanda una atención estructural;

Por ello,

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE

RESOLUCIÓN

ARTICULO 1º: Solicitar al Departamento Ejecutivo evalúe la posibilidad del traslado parcial o total de las dependencias que actualmente funcionan en calle Avenida 25 de Mayo Nº 1.670 (predio del Hospital Municipal “Manuel B. Cabrera”) permitiendo el funcionamiento en dichas instalaciones del CATDI.-

ARTICULO 2º: Solicitar al Departamento Ejecutivo gestione ante los correspondientes Organismos estatales de la Nación, todas las medidas administrativas necesarias para que la situación aquí planteada pueda superarse.-

ARTICULO 3º: Firmar la presente en dos ejemplares, comunicarla, registrarla y archivarla.

REGISTRADA BAJO EL Nº 2.856.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS QUINCE DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE 2012.

 

 

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