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RESOLUCIÓN Nº 2.855

RESPONDIDA POR COMISIONA NACIONAL DE COMUNICACIONES –INGRESO RESPUESTA EN SESIÓN DE FECHA 5/09/13.- PERMANECE EN SECRETARIA.

Expediente HCD. Nº 5.003-B-12.-

VISTO

Que en Coronel Pringles la prestación del sistema de Telefonía 3G es deficiente o inexistente dependiendo de la empresa prestadora del servicio; y

CONSIDERANDO

Que el sistema de Telefonía 3G (abreviatura para tercera generación de telefonía móvil) proporciona la posibilidad de transferir tanto voz, datos y la descarga de programas, intercambio de e-mail y mensajería instantánea;

Que este sistema puede ser utilizado tanto en aparatos de telefonía celular como en computadoras u otros elementos tecnológicos similares, generando más practicidad a los usuarios y una disminución de costos;

Que el órgano del Estado encargado de la regulación y prestación de estos servicios es la Comisión Nacional de Comunicaciones (C.N.C.) evaluamos pertinente enviar nuestra solicitud al mencionado ente Regulador;

Por ello,

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE

RESOLUCIÓN

ARTICULO 1º: Dirigirse a la Comisión Nacional de Comunicaciones (C.N.C.) con el objeto de solicitarle que interceda ante las empresas de Telefonía Celular para que las mismas procedan a prestar de forma óptima y ágil el sistema Telefonía 3G en la ciudad de Coronel Pringles.-

ARTICULO 2º: Enviar copia de la presente a la oficinal local de la OMIC.-

ARTICULO 3º: Firmar la presente en dos ejemplares, comunicarla, registrarla y archivarla.

REGISTRADA BAJO EL Nº 2.855.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS QUINCE DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE 2012.

 

 

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