Expediente HCD. Nº 3.297-B-05.-
VISTO
Que el Senado y la Cámara de Diputados declararon el 27 de Septiembre del 2004, la fecha del 9 de Noviembre como el DIA NACIONAL DEL DONANTE VOLUNTARIO DE SANGRE, en honor a la primera transfusión del mundo de sangre nitrada, realizada por el Dr. Luis Agote, el 9 de Noviembre de 1914; y
CONSIDERANDO
Que la donación de sangre es la cara más humana de la medicina actual;
Que es considerada como el segundo salvavidas mundial luego de los antibióticos, la sangre se ha convertido en la gasolina del sistema sanitario, según expresiones de una especialista;
Que en nuestro país se necesitan 1.300.000 dadores anuales y sólo se registran 800.000, lo que marca un déficit de 500.000;
Que aproximadamente un 95% de la sangre a ser transfundida en nuestro país es obtenida por reposición, mientras que el 5% restante es producto de la donación altruista;
Que en la Argentina se realizan 1.500.000 transfusiones al año y si la población que reúne los requisitos para donar su sangre lo hiciera voluntariamente una vez por año, la demanda estaría satisfecha en su totalidad por el sistema de donación más seguro;
Que se incluya el Día del Donante Voluntario de Sangre en el Calendario Escolar (Resolución D.G.C. y Educación 3.549/02, es un paso muy importante, ya que el mensaje a través de los niños llegar a los padres con una carga de concientización y un testimonio de lo posible;
Que comunicación, educación y concientización en forma extendida y continua a toda la comunidad es una necesidad que requiere del consenso, la participación y compromiso de todos;
Que en nuestra ciudad existieron entidades de servicio que realizaron esta tarea en forma sistemática y silenciosa, pero que el aumento de la demanda exige que se reactiven acciones en apoyo;
Por ello,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRIGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS
RESUELVE
ARTICULO 1º: Propiciar desde el Honorable Concejo Deliberante, a través de la Comisión de Salud Pública, Asistencia Social y Medio Ambiente, una campaña de donantes de sangre, en nuestra ciudad.-
ARTICULO 2º: Convocar a Entidades de salud, de servicio, educativas y benéficas, a sumarse a esta iniciativa.-
ARTICULO 3º: Firmar la presente en dos ejemplares, registrarla, comunicarla y archivarla.-
REGISTRADA BAJO EL Nº 2.118/05.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS DIEZ DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE 2005.-