Expediente HCD. Nº 3.349-A-06.-
VISTO
La preocupante situación agro-ganadera del Distrito que incide directamente en el comercio y pequeña industria; y
CONSIDERANDO
Que en su mayoría los comercios radicados en nuestro Distrito son dependientes de la situación del campo;
Que debido a los fenónemos climáticos del Año 2005, alrededor del 70% de los productores agropecuarios de Coronel Pringles se encuentran en situación de desastre agropecuario;
Que la Ley Provincial Nº 10.390/86 en su Artículo 10 prevee la emergencia comercial e industrial, cuando es declarado el sector agropecuario en este estado;
Que en el Decreto que reglamenta la citada ley, Nº 7.282/03, no contempla tal situación;
Por ello,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS
RESUELVE
ARTICULO 1º: Dirigirse al Poder Ejecutivo Provincial, solicitando declare la emergencia comercial del Distrito de Coronel Pringles.-
ARTICULO 2º: Solicitar a las Honorables Cámaras Legislativas Provinciales, la inclusión en el Decreto Nº 7.282/03 – reglamentario de la Ley Nº 10.390/86 – el procedimiento a seguir por el sector de la industria y el comercio para la declaración de emergencia comercial.-
ARTICULO 3º: Remitir copia a la Asociación del Comercio y de la Industria de Coronel Pringles.-
ARTICULO 4 º: Firmar la presente en dos ejemplares, registrarla, comunicarla al Departamento Ejecutivo, a quienes corresponda y archivarla.-
REGISTRADA BAJO EL Nº 2.179/06.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS CINCO DIAS DEL MES DE MAYO DE 2006.-