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RESOLUCIÓN Nº 2.338

Expediente HCD. No.3.685-B-07.-

VISTO

La iniciativa parlamentaria del Diputado Bonaerense, Juan Carlos Moran, en la cual solicita a la Comisión Nacional de Comunicaciones, que “obligue a las empresas de servicio móvil a cumplir con el servicio contratado”; y

CONSIDERANDO

Que en la misma iniciativa se solicita que la mencionada Comisión ejercite su poder de policía sobre las telecomunicaciones, que debe intimar a las firmas a que apliquen y/o instalen redes de estaciones base, así como tecnología necesaria para otorgar el servicio correspondiente a todos los usuarios y cubrir el área geográfica rural, a los efectos de satisfacer las necesidades de seguridad y salud de esa población;

Que el incremento de las prestaciones de telecomunicaciones inalámbricas en los últimos años ha producido un considerable beneficio para la población, comunicando e integrando a más personas y solucionando o paliando muchas veces problemas de seguridad y de urgencias médicas;

Que el servicio de telefonía móvil es el que más reclamos y quejas de los usuarios reciben, y que uno de los más comunes es la falta de señal que impide la comunicación, principalmente en las zonas rurales y en las pequeñas ciudades del interior; ya que en muchas localidades los pobladores compran el servicio y no existe soporte técnico para el funcionamiento del mismo;

Que con el actual flagelo de la delincuencia, que sufren los pobladores rurales, que como paliativo para aquellas personas que se encuentran aisladas de los centros urbanos o en tránsito para solicitar ayuda, la telefonía celular se torna de vital importancia;

Por ello,

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS,

RESUELVE

ARTICULO 1o: Adherir en todos sus términos al Proyecto de Declaración presentado por el Diputado Provincial Juan Carlos Moran, por el cual se solicita a la Comisión Nacional de Comunicaciones; “obligue a las empresas del servicio de telefonía móvil a cumplir con el servicio contratado”.-

ARTICULO 2o: Firmar la presente en dos ejemplares, comunicarla a quien corresponda, registrarla y archivarla.-

REGISTRADA BAJO EL No.2.338/07.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS SEIS DIAS DEL MES DE JULIO DE 2007.-

 

GRACIELA C.G.de SORIA

SECRETARIA AD-HOC

H.C.D.

 

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