Expediente HCD. Nº 6.658-D-19.-
VISTO
El Contrato de Concesión suscripto entre la Municipalidad de Coronel Pringles y la Cooperativa Eléctrica de Indio Rico; y
CONSIDERANDO
Que “la Municipalidad” cede a “la Cooperativa” la prestación del servicio de Concesión de Servicio de la Planta de Osmosis de Agua Potable en la localidad de Indio Rico, para ser efectuado en forma directa a la comunidad, con cargo a los usuarios, por el término de diez (10) años, el que podrá ser renovado por las partes de común acuerdo, en el marco de la Ordenanza Nº 4.546/19;
Por ello,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
ARTICULO 1°: Ratifíquese la suscripción del “Contrato de Concesión de Servicio de la Planta de Osmosis de Agua Potable”, de acuerdo al Expediente HCD. Nº 6658-D-19, suscripto entre la Cooperativa Eléctrica de Indio Rico, representada por su Presidente Sr. Carlos Eloy RODERA, y la Municipalidad de Coronel Pringles, representada por su Intendente Municipal Lic. Carlos Aníbal BERTERRET, por el cual “la Municipalidad” cede a “la Cooperativa” la prestación del servicio de Concesión de Servicio de la Planta de Osmosis de Agua Potable en la localidad de Indio Rico.
ARTICULO 2°: Comuníquese, publíquese, dése al R.O. y archívese.-
REGISTRADA BAJO EL Nº 4.597.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS 3 DIAS DEL MES DE OCTUBRE DE 2019.-