Press "Enter" to skip to content

Ordenanza Nº 4.109

Expediente H.C.D. Nº 5.281-D-14.-

VISTO
El Expediente N° 2.583/14 Iniciado por González Fernando, Contador Municipal; y
CONSIDERANDO

Que adjuntos al mismo, corre agregada la documentación correspondiente a la solicitud de pago presentada por la Sra. María Yané, Agente Recaudadora de Zona Coronel Pringles de SADAIC, y que corresponde a la deuda de aranceles por la utilización de repertorios musicales durante eventos realizados en el año 2013, mediante música solaz, en vivo y/o pantalla;

Que la suma reclamada asciende a $ 27.862,00;

Que a fs. 4 el Director del Instituto Cultural, José Omar Abasolo corrobora lo expuesto, con la excepción de 2 eventos realizados por la Liga de Madres de Familia, con motivo de la celebración de Reyes Magos 2013/2014;

Que a fs. 5/62 se anexa la documentación que acredita la realización de los eventos que dan origen a la deuda requerida;

Que, se debe dar cumplimiento a lo establecido en el Artículo 140 del Reglamento de Contabilidad, el que en su parte pertinente, dice: “El Departamento Ejecutivo no podrá reconocer deudas de ejercicios anteriores no registradas en la Contabilidad municipal, sin previa comprobación – hecha en Expediente especial- de la legitimidad del derecho invocado por el acreedor. Cumplido este paso, para abonar la deuda deberá requerir y obtener autorización del Concejo.”

Que habiéndose cumplido los requisitos determinados por la norma citada, a fs. 65 la Contaduría Municipal expresa que se deberá reconocer una deuda de $ 25.422,00 del Ejercicio 2013;

Por ello,

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

ARTICULO 1°: Autorícese al Departamento Ejecutivo a la registración de la deuda y la realización del pago de la misma, por la suma de PESOS VEINTICINCO MIL CUATROCIENTOS VEINTIDOS ($ 25.422,00) a la Sociedad Argentina de Autores y Compositores de Música – SADAIC – conforme lo dispuesto por los Artículos 140 y 141 del Reglamento de Contabilidad.-

ARTICULO 2°: Cúmplase, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-

REGISTRADA BAJO EL Nº 4.109.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS VEINTICUATRO DIAS DEL MES DE ABRIL DE 2014.-

 

Print Friendly, PDF & Email