VISTO
Que el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, para el logro de sus fines políticos-institucionales, estima necesario implementar un Sistema de Descentralización Administrativa de determinados tributos de su jurisdicción, iniciativa que es compartida por el Departamento Ejecutivo;
Que ello significará coordinar acciones tendientes a compatibilizar registros e información que redundaría recíprocamente en una considerable economía operativa, al tiempo que se podrá consolidar un Sistema de recaudación, control y fiscalización, disminuyendo la evasión y evitando la dispersión de esfuerzos; y
CONSIDERANDO
Que el Proyecto de Ordenanza que se eleva posibilitará concretar dicha descentralización administrativa y lograr los fines descriptos;
Por ello,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
ARTÍCULO 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a suscribir con el MINISTERIO DE ECONOMIA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, el Convenio que como Anexo I forma parte integrante de la presente Ordenanza.-
ARTÍCULO 2º: Cúmplase, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
REGISTRADA BAJO EL Nº 2.204.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS VEINTE DÍAS DEL MES DE MAYO DE 1988.-
EL ANEXO I REFERIDO EN EL ARTICULO 1 DE LA ORDENANZA PRECEDENTE, SE HALLA EN EL VOLUMEN 6 DE ORDENANZAS, EN BIBLIOTECA DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE.-