DEROGADA POR ORDENANZA 2.327.-
- DEROGADA POR ORDENANZA Nº 2.275/88.-
- DEROGADA POR ORDENANZA PREPARATORIA 20-10-1988-
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
ARTICULO 1º: Ratifícase el Convenio suscripto entre el INSTITUTO DE LA VIVIENDA representado en este acto por el Sr. Administrador General, INg. LEONARDO VESPIGNANI por una parte y la Municipalidad de Coronel Pringles, representada por el Señor Intendente Municipal, Doctor HECTO OSCAR SCAVUZZO, por la otra, que como Anexo I forma parte de la misma por el aporte financiero para la construcción de 21 (veintiuna) viviendas en el Partido de Coronel Pringles.
ARTICULO 2º: Cúmplase, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
REGISTRADA BAJO EL Nº 2.246
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A UN DIA DEL MES DE SEPTIEMBRE DE 1988.-