MODIFICADA POR ORDENANZA Nº 2.540/90-
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
ARTICULO 1º: Ratifícase el Listado de Adjudicatarios de los BARRIOS PRO-CASA II, PRO-CASA III que como Anexo I y II forman parte de la presente.
ARTICULO 2º: El valor de las unidades habitacionales será determinado por el Instituto de la Vivienda de la Provincia de Buenos Aires contra certificado final de obra.
ARTICULO 3º: Se dispondrá de 10 días a partir de la primera publicación de la lista de adjudicatarios, la que se efectuará por el término de tres días en el periódico local y en la pizarra del hall de entrada a la Municipalidad, para efectuar las impugnaciones que pudieren corresponder.
ARTICULO 4º: Cúmplase, comuníquese, regístrese y archívese.
REGISTRADA BAJO EL Nº 2.381
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS TREINTA Y UN DIAS DEL MES DE JULIO DE 1989.-







