EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
ARTICULO 1º: Ratifícase el Convenio suscripto entre la Municipalidad de Cnel. Pringles y el Ministerio de Obras y Servicios Públicos de la Provincia de Buenos Aires, que como Anexo I forma parte de la presente Ordenanza y mediante el cual se integrarán los esfuerzos de ambos a fin de concretar la realización del Proyecto Ejecutivo de los Desagües Pluviales Urbanos de la Localidad de Coronel Pringles.
ARTICULO 2º: Cúmplase, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
REGISTRADA BAJO EL Nº 2.394
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS DIECISIETE DIAS DEL MES DE AGOSTO DE 1989.-







