VISTO
Que la población de la localidad de Indio Rico se encuentra abocada al desarrollo de actividades tendientes a brindar el marco adecuado a la celebración del Cincuentenario de la Parroquia Nuestra Señora del Carmen, y;
CONSIDERANDO
Que por este motivo, una acción que complementa al trabajo de la comunidad es la señalización de las calles de esta comunidad bajo la acción municipal;
Por ello,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
ARTICULO 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a colocar señales indicadoras con nombre y número de las calles en la localidad de Indio Rico según el siguiente detalle:
- Las calles denominadas Cristóbal Colón (14), República Argentina (12), Av. Bernasconi (10), Domingo F. Sarmiento (8), Manuel Belgrano (6), Av. Pringles (2), Buenos Aires (J), España (I), Marcos Paz (H), Perito Moreno (G), todas entre calles 9 y 1, serán señalizadas en la intersección con calle 1B, paralelas a las vías del ferrocarril.
- Las calles denominadas numéricamente 1B,3,5,7, serán señalizadas en su intersección con Av. Bernasconi hacia ambos lados de la misma.
- Las calles que circundan la plaza serán señalizadas en su totalidad, en cada esquina.
ARTICULO 2º: El Departamento Ejecutivo podrá convenir la realización de los trabajos necesarios y el aporte de recursos financieros con entidades del medio.-
ARTICULO 3º: El Departamento Ejecutivo reglamentará sobre las formas de los indicadores.
ARTICULO 4º: Cúmplase, comuníquese, regístrese y archívese.
REGISTRADA BAJO EL Nº 2.404.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS SIETE DIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DE 1989.-







