VISTO y CONSIDERANDO
El estudio de costos por columna de alumbrado, elevado por el Departamento ejecutivo con fecha 16 de Julio del corriente año y el Expediente HCD. Nº 739-D-88;
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
ARTÍCULO 1º: Apruébase el estudio de costos por columna de alumbrado correspondiente al Plan Luminarias en la suma de AUSTRALES OCHOCIENTOS NOVENTA Y DOS MIL CIENTO TREINTAY SEIS cada una (A: 892.136,00) y el recupero de dicho costo deberá efectuarse hasta en cuatro (4) cuotas.
ARTICULO 2º: El índice de ajuste a utilizar será el que surja de l variación que sufra la energía el
Eléctrica en los meses de Julio y el del respectivo vencimiento.-
ARTÍCULO 3º: Cúmplase, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
REGISTRADA BAJO EL Nº 2.503.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS DOS DÍAS DEL MES DE AGOSTO DE 1990.-







