DEROGADA POR ORDENANZA 4.565
Expediente HCD. Nº 4.224-D-09.-
VISTO
El Expediente Municipal Nº 9.351/07, a través del cual la entidad Unión Personal Civil de la Nación (U.P.C.N.) Delegación Coronel Pringles, solicita una fracción de terreno para construir su sede; y
CONSIDERANDO
Que dicha organización gremial manifiesta la necesidad de contar con una sede propia a fin de optimizar las prestaciones y la atención de sus agremiados;
Que al respecto al Municipio ha prestado conformidad para conceder lo requerido por la entidad;
Por ello,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
ARTICULO 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a ceder en comodato a favor de Unión Personal Civil de la Nación (U.P.C.N.) Delegación Coronel Pringles, una fracción de terreno de 12,50 metros de frente por 37,50 metros de fondo, ubicado en la Manzana designada Catastralmente como: Circunscripción XIII, Sección “A”, Manzana 89, parte del Solar Norte, de acuerdo al croquis que como Anexo I forma parte de la presente.-
ARTICULO 2º: La entidad beneficiaria destinará el predio a la construcción de la sede local de U.P.C.N..-
ARTICULO 3º: El comodato a que hace referencia la presente quedará sin efecto por los siguientes supuestos: disolución de la entidad, no comienzo de las obras de ejecución previstas en el término de 365 días, a partir de la promulgación de la presente Ordenanza.-
ARTICULO 4º: Cúmplase, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
REGISTRADA BAJO EL Nº 3.815.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A UN DIA DEL MES DE JULIO DE 2010.-







