Expediente HCD. Nº 4.392-D-10.-
VISTO
El Expediente Nº 4.659/10 Iniciado por Asociaciones locales; y
CONSIDERANDO
Que mediante el mismo las Entidades de Bien Público Fortín tradición y Libertad; Club Roca; Club Atlético Independiente; Asociación Padre Vicente Melchior y Fogón de los Gauchos manifiestan su necesidad de poseer los planos de obra aprobados por el Municipio, condición sine qua non para regularizar la situación ante la Policía de Bomberos de la Provincia de Buenos Aires y poseer la documentación de acuerdo a las reglamentaciones vigentes;
Que a las Instituciones mencionadas les resulta imposible afrontar los gastos que insumen la presentación de los planos de obra con la figura “obra a incorporar”, abonando las multas pertinentes;
Que no implica una pérdida para este Municipio permitir la figura de “conforme a obra” en la presentación de los planos, en virtud que las Entidades de Bien Público se encuentran exentas del pago del Derecho por aprobación de planos;
Que las peticionantes son Instituciones que trabajan por el bienestar de la población y de nuestra comunidad;
Por ello,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
ARTICULO 1º: Autorízase a las Instituciones que se detallan, la presentación de los correspondientes planos de obra con la figura “conforme a obra”, por única vez:
. FORTIN TRADICION Y LIBERTAD
. CLUB ROCA
. CLUB ATLETICO INDEPENDIENTE
. ASOCIACION PADRE VICENTE MELCHIOR
. FOGON DE LOS GAUCHOS.
ARTICULO 2º: La presente autorización será válida para las Instituciones firmantes y con el único fin de regularizar su situación, no haciéndose extensivo a cualquier otra presentación de planos.-
ARTICULO 3º: El Departamento Ejecutivo informará al Honorable Concejo Deliberante, el listado de las Instituciones que cumplan con la Ordenanza Nº 3.470 -Código de Zonificación Según Usos del Núcleo Urbano de Coronel Pringles-, y con aquellas que no cumplan con dicha Ordenanza, deberá solicitar al Honorable Concejo Deliberante que por vía de la excepción, sean aprobados los planos “conforme a obra” .-
ARTICULO 4º: Todas las Instituciones que deseen gozar de los beneficios de carácter excepcional de la presente, tendrán un plazo de 180 días para efectuar la solicitud correspondiente, por única vez.-
Vencido el plazo mencionado, este beneficio temporal caducará.-
ARTICULO 5º: Cúmplase, comuníquese, publíquese, regístrese y comuníquese.-
REGISTRADA BAJO EL Nº 3.814.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A UN DIA DEL MES DE JULIO DE 2010.-







