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ORDENANZA Nº 3.753

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE

 

ORDENANZA

 ARTICULO 1º: Ratifícase lo establecido en el Decreto Nº 0570/09 emitido por el ——————— Departamento Ejecutivo con fecha 08 de Julio de 2009, en lo referente al cobro de la cuota anticipo por la Tasa por Inspección de Salubridad, Seguridad e Higiene, equivalente a un cuatrimestre, con los valores del Ejercicio 2008, con fecha de primer vencimiento el día 28 de Julio de 2009.-

ARTICULO 2º: La diferencia de la primer cuota y las restantes, serán facturadas por ——————– metro cuadrado, de acuerdo a los valores determinados en la Ordenanza Nº 3.737 –Fiscal 2009-

ARTICULO 3º: Se considerará como tope máximo a percibir lo cobrado en el ————————–   Ejercicio 2008.-

ARTICULO 4º: Cúmplase, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-

 

REGISTRADA BAJO EL Nº 3.753.-

 

       DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS VEINTE DIAS DEL MES DE AGOSTO DE 2009.-

 

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