Expediente HCD. Nº 4.142-B-09.-
VISTO
Que es necesaria la adhesión de nuestro Municipio a la Ley de Promoción de PEQUEÑAS LOCALIDADES para fortalecer las políticas públicas; y CONSIDERANDO
Que dicha ley tiene además designada la unidad ejecutora dependiente de la Subsecretaría de Asuntos Municipales de la Provincia de Buenos Aires;
Por ello,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
ARTICULO 1º: Adhiérase la Municipalidad de Coronel Pringues a la Ley ——————————– Provincial Nº 13.251 – Ratificación de la vigencia del programa de promoción de pequeñas localidades.-
ARTICULO 2º: Incorpórase el texto de la ley mencionada anteriormente y del ————————- Decreto 1.544/08 que será el ámbito de convergencia y ejecución de los proyectos que se envíen.-
ARTICULO 3º: Cúmplase, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
REGISTRADA BAJO EL Nº 3.740.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS CUATRO DIAS DEL MES DE JUNIO DE 2009.-







