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ORDENANZA Nº 3.704

 

 

 

VISTO

La comunicación elevada por el Señor Presidente del Consejo de Administración de la Cooperativa Eléctrica Ltda. de Coronel Pringles: y

CONSIDERANDO

Que en la misma informa sobre el incremento del régimen tarifario en la Energía para Alumbrado Público (T1AP), en virtud del Decreto Nº 1.578/08 del mes de agosto de 2008 del Gobierno de la Provincia de Buenos Aires;

Que por ello corresponde el ajuste en forma automática de la Tasa de Alumbrado Público, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5º de la Ordenanza Nº 3.418/04 y su modificatoria Nº 3.652/08, teniendo una incidencia en los valores de la citada  contribución del 29,51%;

Que se adjunta copia de las Tarifas de Referencia para la zona Sur de la provincia de Buenos Aires; el citado Decreto Nº 1.578/08; copia del Acta de recomposición salarial emanada del Ministerio de Trabajo y los cuadros en los que surge el ajuste y su traslado en forma uniforme a las tasas vigentes;

Por ello,

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, REUNIDO EN ASAMBLEA DE CONCEJALES Y MAYORES CONTRIBUYENTES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE

 

ORDENANZA

 

ARTICULO 1º: Autorízase el ajuste en la tarifa de la Tasa de Alumbrado ———————— Público determinado por la Cooperativa Eléctrica Ltda. de Coronel Pringles, con una incidencia en los valores de la misma del 29,51% de acuerdo lo aprobado por Decreto  Nº 1.578/08 emanado del Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, a partir del mes de septiembre de 2008, y según lo establece la Ordenanza Nº  3.418/04 en su Artículo 5º y su modificatoria Nº 3.652/08.-

ARTICULO 2º: Cúmplase, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-

 

                            REGISTRADA BAJO EL Nº 3.704.-

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS 2 DIAS DEL MES DE OCTUBRE DE 2008.-

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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