Expediente H.C.D. Nº 3.670-B-07.-
VISTO
La gran cantidad de ciclistas que circulan por calle 48 (24 de Septiembre-Belgrano), desde Escuela Aerotécnica hacia el sector céntrico; y
CONSIDERANDO
Que esto ocurre puntualmente en los horarios de salida de alumnos de la Escuela Agrotécnica;
Que los mismos transitan en forma desordenada ocupando gran parte de la calle;
Que haciéndolo de este modo provocan alteraciones en el tránsito de vehículos y alto riesgo de conflicto vehículos-ciclistas;
Que una de las soluciones sería pintar una bicisenda sobre el lado derecho de circulación de calle 48 (24 de Septiembre-Belgrano) para que sea utilizada en horario de salida de alumnos al mediodía y tarde;
Que esto traería aparejado la prohibición de estacionamiento de automóviles en ese sector, en los horarios a determinar;
Por ello,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
ARTICULO 1º: Créase una bicisenda sobre el lado derecho de circulación de calle 48 (24 de —————————- Septiembre), desde la Escuela Agrotécnica hasta Avenida Arturo Frondizi. El ancho de la bicisenda será de 1,60 mts..-
ARTICULO 2º: El horario será de 0 a 24 horas, todos los días, exclusivo y obligatorio para el tránsito —————— de bicicletas, estando vedado para la circulación y estacionamiento de vehículos mayores (motos, autos, camionetas y similares).-
ARTICULO 3º: Serán sanciones para los ciclistas que no cumplan con la presente, las multas previstas —————– en el Código Contravencional y Régimen de Penalidades en materia de faltas municipales (Ordenanza Nº 3.189/00 y 3.237/01) Artículo 177º, y para los vehículos mayores que circulen y/o estacionen sobre la bicisenda en el horario establecido en el Artículo 2º, se aplicarán las sanciones previstas en el Artículo 125º del citado Código Contravencional.-
ARTICULO 4º: Deberán colocarse en todas las cuadras que ocupe la bicisenda, los correspondientes ——————- carteles indicadores de los alcances de la ordenanza, la demarcación de doble línea sobre la cinta asfáltica, y los carteles de PARE en acceso y salida de la Terminal de Ómnibus.-
ARTICULO 5º: El Departamento Ejecutivo dará amplia difusión por los medios de comunicación para —————— conocimiento de la presente.-
ARTICULO 6º: Cúmplase, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
REGISTRADA BAJO EL Nº 3.656.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS VEINTINUEVE DIAS DEL MES DE FEBRERO DE 2008.-







