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ORDENANZA Nº 3.652

 

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES , EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

 

ARTICULO 1º: Modificase el Artículo 5º- de la Ordenanza No.3.418/04 – el que quedará ——————– redactado de la siguiente forma:

 

A los efectos de mantener el sistema operativo actualizado y sustentable, las actualizaciones de la Tasa por las  variaciones de los costos serán aprobados por la Asamblea de Concejales y Mayores Contribuyentes de modo de mantener los principios de razonabilidad,  proporcionalidad  y equivalencia  entre la calidad de la prestación del servicio y la tasa que deben abonar los contribuyentes.

A tal fin tendrán en cuenta  los siguientes rubros componentes detallados en el Anexo II :

  1. Energía.
  2. Mantenimiento: b1) materiales, b2) mano de obra, b3) administración del sistema.
  3. Ampliación del sistema .

Cuando los ajustes resulten de carácter general, sin perjuicio del control que corresponda al Poder Concedente Municipal de acuerdo lo indiquen las mencionadas normas generales, se pondrán en vigencia ad-referendum de la aprobación de la Asamblea de Concejales y Mayores Contribuyentes .

Siendo el componente más importante la Energía, se utilizará de base las variaciones de la  Tarifa aplicable para el facturado del alumbrado público, trimestralmente o con la periodicidad que en el futuro se determine, para actualizar los montos de este rubro de la Tasa en forma uniforme en cada una de las Categorías . Dicho sistema es análogo al utilizado para actualizar las Tarifas  Eléctricas definido en el Anexo B de la Ordenanza Nº 3003/97.-

Para los demás rubros se utilizarán las variaciones de los valores que se produzcan.

 

ARTICULO 2º.: Cúmplase, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-

 

REGISTRADA BAJO EL Nº 3.652.-

 

 

DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS VEINTINUEVE  DIAS DEL MES DE FEBRERO DE 2008.-

 

 

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