Press "Enter" to skip to content

ORDENANZA Nº 3.633

 

Expedientes HCD. Nos.3.567-P-06 y 3.655-B-07.

 

 

VISTO

La problemática que presenta la salud mental en sus diversos aspectos, ya sea por alteraciones propias o por drogadependencia; y

CONSIDERANDO

Que una de las soluciones sería la contención y tratamiento ambulatorio de las personas afectadas, en un espacio físico adecuado donde se los pueda internar y compensar;

Por ello,

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN            EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON            FUERZA DE

 

ORDENANZA

 

 

ARTICULO 1o: Créase en el Distrito de Coronel Pringles, a través del Area de Salud Pública, el ESPACIO DE SALUD MENTAL, en la modalidad internación ambulatoria, con la atención de personal profesional (enfermeros, profesionales médicos,            psicólogos, asistentes sociales y psiquiátricos, etc.);

ARTICULO 2o: Dispóngase un lugar físico, adecuado, para el funcionamiento de dicho espacio.-

ARTICULO 3o: Cúmplase, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-

 

REGISTRADA BAJO EL No.3.633/07.-

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS 16 DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE 2007.-

 

 

Print Friendly, PDF & Email