Expediente HCD. No.3.674-D-07.-
VISTO
La Resolución Ministerial No.120, emanada del Ministerio de Asuntos Agrarios, mediante la cual se aprueba el Convenio suscripto entre este Organismo, el Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires y la Municipalidad de Coronel Pringles; y
CONSIDERANDO
Que por el mismo se acuerda la formalización de dicho Convenio, en cumplimiento del Decreto No.2697/05, según lo estatuido en su Artículo 2o.;
Que el Municipio se compromete a organizar y poner en marcha a su nivel, los servicios de inspectoría y auditoría referidos al contralor de productos alimenticios de establecimientos industriales y comerciales, para garantizar el cumplimiento de las normas vigentes inherentes a la inocuidad de los alimentos conforme a la capacidad operativa establecida en el citado Decreto;
Por ello,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
ARTICULO 1o: Ratifíquese en todos sus términos el CONVENIO y la Resolución No.120 del Ministerio de Asuntos Agrarios que forma parte del mismo como Anexo único y que se adjunta a la presente Ordenanza, en cumplimiento del Decreto No.2697/05, suscripto entre el Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires, el Ministerio de Asuntos Agrarios y la Municipalidad de Coronel Pringles, representado por el Dr. Claudio MATE ROTHGERBER, Ing. Agr. Raúl RIVARA e Intendente Municipal, Dr. Aldo L. MENSI, respectivamente.-
ARTICULO 2o: Cúmplase, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
REGISTRADA BAJO EL No.3.613/07.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS 15 DIAS DEL MES DE JUNIO DE 2007.-







