VISTO
La trascendencia histórica que tiene el predio denominado Prado Español; y
CONSIDERANDO
Que la preservación de la continuidad histórica dentro del medio ambiente urbano es esencial para el mantenimiento de un cuadro de vida que permita al hombre encontrar su identidad frente a las mutaciones de la Sociedad (Declaración de Amsterdam);
Que por sus características arquitectónicas, definen las líneas de una‚poca y representan a la colectividad española en sus estilos más tradicionales de la madre patria;
Por ello,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
ARTICULO 1º: Declarar Monumento Histórico Municipal el predio denominado PRADO ESPAÑOL, sito en la Manzana 453, comprendida entre las Calles Garay (46), Juan XXIII (2), Alvear (45) y el Boulevard Presidente Arturo Frondizi (1).-
ARTICULO 2º: Establecer que toda incorporación, ornamento y/o tareas de embellecimiento, deberán ejecutarse respetando rigurosamente el estilo inicial del sector.-
ARTICULO 3º: Cúmplase, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
REGISTRADA BAJO EL Nº 3.413.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS CINCO DIAS DEL MES DE AGOSTO DE 2004.