Expediente HCD. Nº 2.812-D-03.-
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
ARTICULO 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a ceder en Comodato a la COOPERATIVA TAMBERA “LA ESPERANZA LIMITADA”, inscripta en el Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social del Ministerio de Desarrollo Social y Medio Ambiente con Matrícula Nº 23.373, el inmueble correspondiente a la PLANTA PASTEURIZADORA perteneciente a la Municipalidad de Coronel Pringles, designado Catastralmente como:
Circunscripción XIV, Chacra 337, Fracción 1, Parcela 15, Partida Nº 15.441/4, ubicada en Ruta 51 y Boulevard 40 de Coronel Pringles, por el término de diez (10) años, para desarrollar los fines industriales para los cuales ha sido construida, dando cumplimiento al destino y demás especificaciones establecidas en los Expedientes Nº 4027/564-99 y 1.440/99, y a las cláusulas del Contrato que al efecto se firme, donde se establecerán las causales de rescisión y demás obligaciones de las partes.-
ARTICULO 2º: El Departamento Ejecutivo podrá autorizar la participación de terceros, si a su juicio dicha circunstancia contribuyere a ampliar la producción y optimizar los resultados del proyecto industrial para el cual es destinada la Planta Pasteurizadora.-
ARTICULO 3º: Cúmplase, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
REGISTRADA BAJO EL Nº 3.363.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS DIECISIETE DIAS DEL MES DE JULIO DE 2003.-