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ORDENANZA Nº 3.347

Expediente HCD. Nº 2.774-D-03.

 

VISTO y CONSIDERANDO

El Decreto Provincial Nº 226/03, mediante el cual, de conformidad a lo dispuesto en la Ley Nº 13.003, la Provincia transfiere a los Municipios la facultad para recaudar el Impuesto a los Automotores;

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE

 

ORDENANZA

 

 

ARTICULO 1º: Amplíase el Cálculo de Recursos del presente ejercicio en la suma de Pesos CUARENTA MIL ($ 40.000), imputándose el monto a la Cuenta que al efecto se crea por la presente, “De otras Jurisdicciones” 1.2.1.3.4. Impuesto a los Automotores, resultante de la recaudación del Impuesto a los Automotores, vehículos Modelos año   1977 a 1987, que en el marco de la Ley Nº 13.010, la Provincia transfiere a los Municipios.-

ARTICULO 2º: Amplíase el Presupuesto de Gastos en la suma de Pesos CUARENTA MIL ($ 40.000), para la cuenta de “Trabajos Públicos” 2.5.2.7. Reparación y Bacheo de Asfalto.-

ARTICULO 3º: Con el propósito de implementar la presente Ordenanza, el  Departamento Ejecutivo efectuará  la reglamentación pertinente.-

ARTICULO 4º: Cúmplase, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-

 

REGISTRADA BAJO EL Nº 3.347.-

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS VEINTIDOS DIAS DEL MES DE MAYO DE 2003.-

 

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