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ORDENANZA Nº 3.346

Expediente HCD. Nº 2.772-B-03.-

 

 

VISTO

La Ordenanza Nº 3.343 sancionada con fecha 8 de Mayo de 2003; y

CONSIDERANDO

Que mediante la misma se derogaron las Ordenanzas Nº 2.235 y Nº 2.659;

Que en la referida Ordenanza se trata la promoción de mejoras en la vía pública para una mejor calidad de vida de la comunidad de Coronel Pringles;

Que este Plan se llevaría a cabo mediante obras realizadas por propietarios de bienes inmuebles del ejido de Coronel Pringles quedando eximidos del pago de las Tasas por Alumbrado, Barrido y Conservación de la Vía Pública y Servicios Sanitarios por un período fiscal completo a partir de la certificación de la obra; pudiendo el Departamento Ejecutivo, de acuerdo a su criterio y de acuerdo al monto de obra, prorrogar automáticamente tal exención por uno o más períodos fiscales adicionales;

Que en el proyecto existente en la Ordenanza citada, no se ha contemplado la conservación de las veredas pertenecientes a los terrenos baldíos;

Que consideramos que el Municipio debe ser el principal ejecutor de las medidas tendientes a mejorar la calidad de vida de nuestra comunidad;

Por ello,

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE

 

ORDENANZA

 

 

ARTICULO 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a llevar a cabo, mediante el área que corresponda, los trabajos tendientes a la conservación y/o mejorado de las veredas pertenecientes a terrenos baldíos, propiedad del Municipio y que no se hallan contemplados en la Ordenanza Nº 3.343.-

ARTICULO 2º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a reglamentar los trabajos mencionados en el artículo anterior, teniendo en cuenta la mano de obra existente por parte de los beneficiarios de los Planes Jefes de Hogar.-

ARTICULO 3º: Cúmplase, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-

 

REGISTRADA BAJO EL Nº 3.346.-

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS VEINTIDOS DIAS DEL MES DE MAYO DE 2003.-

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