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ORDENANZA Nº 3.319

Expediente HCD. Nº 2.727-D-02.-

 

VISTO

La necesidad de presentar la documentación requerida por la Secretaría Ejecutiva del Consejo Provincial de la Familia y Desarrollo Humano, a los efectos de la renovación de los Convenios oportunamente firmados con ese Organismo, en el marco de los Programas “Jardín Maternal”, “Casa del Niño” y “Centro de Atención Integral”; y

CONSIDERANDO

Que por Ordenanzas Nº 3.184, 3.185 y 3.186, los citados tuvieron vigencia hasta Diciembre de 2000;

Que a través de la Resolución Ministerial Nº 023, se prorrogó automáticamente por el período Enero a Diciembre 2001 y por Resolución Nº 028 la prórroga se extiende por el período Enero a Diciembre 2002;

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE

 

ORDENANZA

 ARTICULO 1º: Ratifícanse los términos de la Resoluciones Ministeriales Nº 023 de fecha 23 de Enero de 2001 y Nº 028 fechada a los 29 días del mes de Enero de 2002, que como Anexos I y II forman parte de la presente, mediante las cuales se prorroga el período de vigencia hasta Diciembre de 2002, de los Convenios suscriptos oportunamente, por la atención de los programas dependientes de esta Secretaría Ejecutiva del Consejo Provincial de la Familia y Desarrollo Humano, para sus modalidades “JARDIN MATERNAL”, “CASA DEL NIÑO” y “CENTRO DE ATENCION INTEGRAL”.

ARTICULO 2º: Cúmplase, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-

 

REGISTRADA BAJO EL Nº 3.319.-

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS SEIS DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DE 2002.-

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