Expediente HCD. Nº 2.560-D-02.-
VISTO
La necesidad de disponer de parcelas destinadas a la construcción de Nichos Dobles y Triples en el Cementerio Local, ante la demanda expresada por varios vecinos; y
CONSIDERANDO
Que en la Zona Especial “V” destinada al emplazamiento de bóvedas nicheras, no se ha dado principio de ejecución a ninguna obra, ni recibido solicitud de arrendamiento de dichos terrenos;
Por ello,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
ARTICULO 1º: Incorpórase en el Cementerio Local como Zona Especial “U” destinada al emplazamiento exclusivo de Bóvedas Nicheras, la ubicada en el costado SE de la Sección “U”.-
ARTICULO 2º: El espacio de terreno ocupado será el mismo que para las bóvedas comunes de 3,00 x 3,00 metros, con vereda circundante y la capacidad máxima será de nueve (9) nichos por cada unidad.-
ARTICULO 3º: Incorpórase en el Cementerio Local como Zona Especial “V”, destinada al emplazamiento exclusivo de Nichos Dobles y Triples, la ubicada al SE de la Sección “V”.-
ARTICULO 4º: El espacio destinado a la construcción de estos Nichos ocuparán una superficie de 1,10 x 2,50 metros, con un esparcimiento entre sí de 0,80 mts., el que estará cubierto con vereda, así como el frente y contrafrente de los mismos respetando el diseño existente.-
ARTICULO 5º: El encuadramiento de las categorías de Bóvedas Nicheras y Nichos Dobles y Triples, para el cobro de los derechos de construcción, será el determinado en la Ordenanza Impositiva vigente.-
ARTICULO 6º: Los planos de construcción para la realización de estas obras serán suscriptos por Profesionales habilitados a tal efecto en esta Municipalidad.-
ARTICULO 7º: La Dirección de Catastro y Obras Privadas deberá introducir las modificaciones necesarias en el Plano de dichas Secciones “U” y “V” del Cementerio Local, para adecuarla a las disposiciones de la presente.-
ARTICULO 8º: Deróguese la Ordenanza Nº 2.581/91.-
ARTICULO 9º: Cúmplase, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
REGISTRADA BAJO EL Nº 3.279.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS DIECIOCHO DIAS DEL MES DE ABRIL DE 2002.-







