Expediente HCD. Nº 2.534-D-01.-
VISTO
El Expediente Nº 3.969/01, Letra “M”, caratulado “MARTINEZ ANGELA GLADYS – eleva nota referente a compra de terreno municipal”; y
CONSIDERANDO
Que a Fs.1 la recurrente solicita se regularice la situación referente a un terreno adquirido por la solicitante mediante boleto de compraventa, designado Catastralmente como Circunscripción XIII, Sección “C”, Manzana 213, Parcela 1b de Coronel Pringles, al que le precede una operación de compraventa efectuada entre la Municipalidad de Coronel Pringles y Doña Mónica Nancy Ortega, quien habría realizado con fecha 02/03/1998 la escritura traslativa de dominio Nº 17, pasada por ante el Notario Carlos Alfredo Larceri, Titular del Registro Nº 7 del Partido de Coronel Pringles y luciente a fs.9 a 12 de autos;
Que sobre el mismo terreno se habría realizado con fecha 11/09/86 una operación de compraventa entre la Municipalidad de Coronel Pringles y Sr. José Fermín Benítez, según consta en el boleto agregado a Fs.20 y 21;
Que en virtud de las Actas celebradas con fecha 14/09/2001 y 04/10/2001 se efectúa la cesión gratuita de los derechos y acciones que le corresponden sobre el terreno mencionado en el primer párrafo por parte de la propietaria Sra. Mónica Nancy Ortega, a través de su apoderado José Conrado De la Llama, y de la Sra. Angela Gladys Martínez adquirente mediante boleto de compraventa, a favor del Sr. Benítez, José Fermín, con el compromiso de que la Municipalidad de Coronel Pringles efectuar todos los trámites necesarios a fin de ceder gratuitamente el terreno municipal lindante, designado Catastralmente como Circunscripción XIII, Sección “C”, Manzana 213, Parcela 1c, Partida Nº 8.140-1, ubicado en Calle 56 entre Colón y España de Coronel Pringles, a la Sra. Angela Gladys Martínez, desistiendo ambos, en sendos actos, de toda acción judicial o administrativa contra el Municipio, no teniendo nada más que reclamar en el futuro;
Que habiéndose cometido un yerro involuntario por parte de la Municipalidad en la transcripción de datos catastrales al momento de confeccionar la documentación correspondiente, es que resulta necesario rectificar dicho error a fin de evitar mayores erogaciones y gastos por posibles acciones judiciales futuras que los interesados pudieran iniciar en contra del Municipio, en procura del resguardo de sus derechos;
Que a fin de autorizar la donación a la Sra. Martínez, Angela Gladys, de acuerdo a lo prescripto por el Artículo 56 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, del terreno mencionado en el párrafo tercero, última parte, con cargo de cumplir previamente con la cesión de derechos y acciones de fs.45/46;
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
ARTICULO 1º: Dónase a la Sra. MARTINEZ ANGELA GLADYS, D.N.I. Nº 13.269.012, el terreno de propiedad municipal identificado Catastralmente como Circunscripción XIII, Sección “C”, Manzana 213, Parcela 1c, previo cumplimiento de la condición de ceder gratuitamente los derechos y acciones y su inscripción en el Registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia de Buenos Aires, según compromiso suscripto
mediante actas de fs. 45 y 46 del terreno indentificado como Circunscripción XIII, Sección “C”, Manzana 213, Parcela 1b, a favor del Sr. Benítez, José Fermín, L.E. Nº 5.415.087, ambos del Partido de Coronel Pringles.-
ARTICULO 2º: Para el caso de incumplimiento de la carga impuesta en el Artículo 1º, se dejará sin efecto la donación efectuada en este acto.-
ARTICULO 3º: Cúmplase, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
REGISTRADA BAJO EL Nº 3.261.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS VEINTIDOS DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE 2001.-







