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ORDENANZA Nº 3.201

Expediente HCD. Nº 2.411-D-01.-

 

 

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE

 

ORDENANZA

 

 

ARTICULO 1º: Ratifícase el Convenio que como Anexo I forma parte integrante de la presente, suscripto entre el Instituto de la Vivienda de la Provincia de Buenos Aires y esta Municipalidad, representado por el Sr. Administrador General, Dr. Gerardo Daniel Vignudo y el Sr. Intendente Municipal, Dr. Aldo Luis Mensi, respectivamente, mediante el cual este Organismo Provincial, se compromete a prestar la asistencia financiera para la construcción de cincuenta (50) módulos de vivienda completa de un mínimo de 52 m2.de superficie cubierta, en la ciudad de Coronel Pringles, sujeto a las cláusulas enunciadas en el mismo.-

ARTICULO 2º: Cúmplase, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-

 

REGISTRADA BAJO EL Nº 3.201.-

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS CINCO DIAS DEL MES DE ABRIL DE 2001.-

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