VISTO
La aprobación de las Ordenanzas Nº 3.193 y 3.194, por las que se ceden terrenos al Instituto de la Vivienda de la Provincia de Buenos Aires, con destino a la construcción de dos conjuntos habitacionales de 50 viviendas cada uno, a cargo de la Asociación Mutual del Personal de la Administración Pública (AMUPAP) y de la Cooperativa Regional de Obras, Viviendas y Servicios Públicos y Sociales Ltda. “Los Robles”; y
CONSIDERANDO
Que de la reunión que mantuvo el Cuerpo en Comisión surgió la inquietud de conformar una Comisión para realizar un seguimiento de las preadjudicaciones;
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
ARTICULO 1º: Constitúyase una Comisión integrada por un representante del Departamento Ejecutivo, un representante del Bloque de Concejales Justicialistas y un representante del Bloque de Concejales de la Unión Cívica Radical en la Alianza.-
ARTICULO 2º: La referida Comisión reglamentará su propio funcionamiento y caducará su función cuando se efectúe la adjudicación definitiva de las viviendas a los beneficiarios, por parte del Instituto de la Vivienda.-
ARTICULO 3º: Cúmplase, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
REGISTRADA BAJO EL Nº 3.195.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS VEINTE DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DE 2000.-







