Expediente HCD.No.2.336-D-00.-
VISTO
La Resolución No.17/00 del Ministerio de Obras y Servicios Públicos de la Provincia de Buenos Aires, que reglamenta la aplicación de la Tarifa de Interés Social -T.I.S.-;
El Reglamento aprobado por el Consejo de Administración de la Cooperativa Eléctrica Limitada de Coronel Pringles, en carácter de Distribuidor; y
CONSIDERANDO
Que es necesario y conveniente, a los efectos de mejorar la aplicación de la T.I.S., la concurrencia de la Municipalidad, eliminando los cargos que se aplican a los frentistas por distintos conceptos en la facturación mensual;
Por ello,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
ARTICULO 1o: Autorízase a la Cooperativa Eléctrica Limitada de Coronel Pringles, a anular en la facturación a los usuarios que resulten incorporados a la T.I.S. -Tarifa de Interés Social los siguientes cargos:
- a) Tasa por Alumbrado Público.
- b) Fondo Alumbrado.
- c) F.O.P.O.S.
ARTICULO 2o: Apruébase el Modelo de Reglamento de la TIS, el que como Anexo I forma parte integrante de la presente.
ARTICULO 3o: Solicitar al Departamento Ejecutivo, informe a este Cuerpo la nómina de beneficiarios de la Tarifa de Interés Social.
ARTICULO 4o: Cúmplase, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
REGISTRADA BAJO EL Nº3.160
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS SEIS DIAS DEL MES DE JULIO DE 2000.







