Expediente HCD. No.2.161-D-98.-
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
ARTICULO 1o: Déjase sin efecto la deuda que mantienen los frentistas ubicados en calle San Martín entre Avenida José García de La Calle y calle 14 de esta ciudad, correspondiente a la deuda sobre cordón cuneta desde el período 03/93 hasta el 10/94, debido a que la Administración anterior estableció un sistema de pago adelantado pero la obra no se realizó, según consta en el Expediente No.884/98 “R” “Gabino C. Rodríguez Capozzo y otros”.-
ARTICULO 2o: Autorízase al Departamento Ejecutivo a aplicar lo dispuesto en el Artículo 1o..-
ARTICULO 3o: Déjase sin efecto el Decreto No.685/98 emanado del Departamento Ejecutivo.-
ARTICULO 4o: Cúmplase, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
REGISTRADA BAJO EL No.3.119.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS SIETE DIAS DEL MES DE OCTUBRE DE 1999.-







