Expediente HCD. No.2.017-B-98.-
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
ARTICULO 1o: Establécense exenciones en las Tasas de Alumbrado, Barrido y Limpieza; Servicios Sanitarios y Recolección de Residuos, para aquellos Jubilados y Pensionados que se encuentren comprendidos en las condiciones que establece el Artículo 77º de la Ordenanza Fiscal, para los años anteriores a 1998″.-
ARTICULO 2o: Cúmplase, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
REGISTRADA BAJO EL No.3.056.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS DIECINUEVE DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE 1998.-







