VISTO y CONSIDERANDO
El fluido contacto que ha mantenido este Honorable Cuerpo con miembros de la Fundación Pringles, a los efectos de lograr la radicación educativa terciaria implementada por parte de la Universidad de La Plata y el conocimiento cabal que tiene sobre la radicación de la Unidad Experimental de Investigación, Enseñanza y Transferencia de Tecnología;
La celeridad en que los distintos servicios comienzan a ser requeridos debido al avance del Proyecto;
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
ARTICULO 1o: Autorízase al Departamento Ejecutivo a suscribir el Convenio, que como Anexo I forma parte integrante de la presente, mediante el cual la MUNICIPALIDAD se compromete a ejecutar la Obra “Ampliación Red de Gas Escuela Agrotécnica”, y en contraprestación la Empresa CAMUZZI GAS PAMPEANA entregará , por única vez, la cantidad de gas natural equivalente a 42.000 m3. de 9.300 Kcal/m3. sin costo para el Municipio.-
ARTICULO 2o: Este Departamento Ejecutivo creará en el Presupuesto de Gastos, la Partida correspondiente para atender la erogación que demande la ejecución de la obra mencionada en el Artículo anterior; afectándose fondos provenientes de la mayor coparticipación comunicada por el Superior Gobierno de la Provincia de Buenos Aires.-
ARTICULO 3o: Cúmplase, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
REGISTRADA BAJO EL No.2.985.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS SIETE DIAS DEL MES DE AGOSTO DE 1997.-







