EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
ARTÍCULO 1º: Facúltase al Departamento Ejecutivo a disminuir en un treinta por ciento (30%) la Tasa Vial y la correspondiente a Guías, Marcas y Señales durante el año 1991 a los productores agropecuarios incorporados en el régimen de Emergencia Económica Agropecuaria, de acuerdo lo dispuesto por el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires.-
ARTÍCULO 2º: Cúmplase, comuníquese, regístrese y archívese.-
REGISTRADA BAJO EL Nº 2.550.-.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS ONCE DÍAS DEL MES DE DICIEMBRE DE 1990.-







