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ORDENANZA Nº 2.581

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

ARTÍCULO 1º:  Incorpórese en el Cementerio local como Zona Especial U y V,d estinado al emplazamiento exclusivo de bóvedas nicheras, la ubicada en el costado SE, de la Sección  U y V, respectivamente.-

ARTICULO 2º:   El espacio de terreno ocupado será el mismo que para las bóvedas comunes: 3,00 ms.x 3,00 ms. Con vereda circundante y la capacidad máxima será de nueve (9) nichos por cada unidad.-

ARTICULO 3º: El encuadramiento de las categorías de bóvedas nicheras para el cobro de los derechos  de construcción será el mismo que está en vigencia para las bóvedas en la Ordenanza Impositiva vigente.-

ARTICULO 4º: Los planos de construcción de las bóvedas nicheras serán suscriptos por Profesionales habilitados a tal efecto en esta Municipalidad.-

ARTICULO 5º:  La Dirección de Catastro y Obras Privadas deberá introducir las modificaciones necesarias en el Plano de dichas Secciones U y V del Cementerio local para adecuarla a las disposiciones de la presente.-

ARTICULO 6º:  Cúmplase, comuníquese, regístrese y archívese.-

REGISTRADA BAJO EL Nº 2.581.-

             DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS TRECE DIAS  DEL MES DE JUNIO DE 1991.

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