FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
ARTÍCULO 1º: Ratifícase el Convenio celebrado ente el INSTITUTO OBRA MEDICO ASISTENCIAL (IOMA) y la MUNICIPALIDAD DE CORONEL PRINGLES, que como Anexo I forma parte integrante de la misma, a los fines del desenvolvimiento de la Delegación del IOMA en esta Localidad, y la Municipalidad se compromete a mantener en servicio y afectado con exclusividad a las funciones de la Delegación a dos (2) personas.-
ARTÍCULO 2º: Cúmplase, comuníquese, regístrese y archívese.
REGISTRADA BAJO EL Nº 2.588.
DADA EN LA SALA DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS DIECIOCHO DIAS DEL MES DE JULIO DE 1991.-
(EL Anexo referido en artículo 1º se halla anexado a la Ordenanza en Tomo 12 de Ordenanzas-en biblioteca del H.C.DELIBERANTE)







