Expediente HCD. No.1518-C-94.-
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
ARTICULO 1o: Prohíbase el estacionamiento sobre las aceras de la Avenida Libertad y Calle Belgrano que circundan a la Estación Terminal de Omnibus “Malvinas Argentinas” y sobre la acera opuesta de Calle Belgrano en una distancia de 50 metros desde su intersección con la Avenida Libertad.-
ARTICULO 2o: Las unidades de Transporte de Pasajeros deberán efectuar su ingreso a la batería de dársenas semicubiertas de la Estación Terminal de Omnibus, por Calle Belgrano y la salida por Avenida Libertad.-
ARTICULO 3o: El estacionamiento en la playa de ascenso y descenso de pasajeros de la Estación Terminal, se efectuará en forma transitoria.-
ARTICULO 4o: Fíjase como playa de carga y descarga, el espacio ubicado sobre Calle Belgrano, ingresando al mismo por el acceso a las dársenas, retomando luego Calle Belgrano.-
ARTICULO 5o: Establécese como Parada de Taxi sobre la Avenida Libertad, el espacio comprendido entre Calle Stegmann y la Calle de salida de las unidades de Transporte de Pasajeros de la Estación Terminal de Omnibus.-
ARTICULO 6o: Aféctase la rambla comprendida entre las Calles Belgrano y Stegmann sobre la Avenida Libertad, como playa de estacionamiento.-
ARTICULO 7o: Cúmplase, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
REGISTRADA BAJO EL No.2.796.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS SIETE DIAS DEL MES DE JULIO DE 1994.-







