Expediente HCD No. 1702-H-95.-
VISTO
Que en oportunidad de sancionarse la Ordenanza No.2758/94 este Cuerpo en el Artículo 2o. de la misma deroga la Ordenanza No. 2547/90 en lugar de haber derogado únicamente los artículos relacionados al costo anterior del boleto para el Transporte de Colectivo de Pasajeros; y
CONSIDERANDO
Que la norma legal mencionada contempla la creación y reglamentación de las Líneas de Transporte de Pasajeros;
Por ello,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
ARTICULO 1o: Derógase el Artículo 2o de la Ordenanza No.2758/94.-
ARTICULO 2o: Cúmplase, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
REGISTRADA BAJO EL No.2.865.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS DIECINUEVE DIAS DEL MES DE OCTUBRE DE 1995.-







