Expediente HCD. No.1793-D-96.-
VISTO
El Decreto No.187/96, Reglamentario de la Ley No.11.663 por la cual la Provincia adhiere al régimen de la Ley Nacional 24.464; y
CONSIDERANDO
Que el objetivo tiende a regularizar la situación dominial de Viviendas construidas en ejecución por operatorias del I.V.B.A.;
Que se requiere un funcionamiento ágil y eficaz en los procedimientos administrativos;
Que según el Artículo 7o. del Decreto faculta al I.V.B.A. a propiciar, gestionar o convenir los actos, operaciones y medidas necesarias para el posterior proceso escriturario;
Que el Artículo 20 del citado Decreto, invita a los Municipios en cuya jurisdicción se emplacen las unidades a regularizar, a adherir a la Ley Provincial 11.663;
Por ello,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
ARTICULO 1o: Facúltase al Departamento Ejecutivo a adherir a la Ley Provincial No.11.663 y su Decreto Reglamentario No.187/96.-
ARTICULO 2o: Facúltase al Departamento Ejecutivo a suscribir Convenios con el I.V.B.A. para el inmediato cumplimiento del proceso escriturario según el Artículo 7o. del Decreto 187/96.-
ARTICULO 3o: Cúmplase, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
REGISTRADA BAJO EL No.2.899.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS SEIS DIAS DEL MES DE JUNIO DE 1996.-







