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ORDENANZA Nº 2.901

Expediente HCD. No.1783-D-96.-

 

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

 

 

ARTICULO 1o: Autorízase al Departamento Ejecutivo a ratificar la suscripción del Convenio entre la Municipalidad de Coronel Pringles y la Asociación de Productores Rurales de Indio Rico y zona de influencia, a partir del día 1o. de Abril de 1996, por los servicios detallados en el Artículo 1o. del Convenio que se adjunta y forma parte integrante de la presente.-

ARTICULO 2o: Cúmplase, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-

 

 

REGISTRADA BAJO EL No.2.901.-

 

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS SEIS DIAS DEL MES DE JUNIO DE 1996.-

 

 

 

——–Entre los que suscriben, por una parte la MUNICIPALIDAD DE CO-

RONEL PRINGLES, representada en este acto por el Sr. Intendente Muni–

cipal, DR. ALDO LUIS MENSI, y por la otra, la ASOCIACION DE PRODUCTORES

RURALES DE INDIO RICO Y ZONA DE INFLUENCIA, representada por el Sr. —

DIESSE MIGUEL, FERNANDEZ ERNESTO R. y LALANNE JUAN M., en car cter de –

Presidente, Secretario y Tesorero, respectivamente, convienen en cele–

brar el presente Contrato de Prestaci¢n de Servicios a que se refieren

los Art¡culos siguientes:

PRIMERO: La Asociaci¢n de Productores Rurales de Indio Rico y Zona de –

——– Influencia, se obliga a realizar los servicios de emparejado,

repasado, entoscado, mantenimiento, conservaci¢n y otros, de los cami–

nos de tierra de la Red Vial Municipal y Provincial, correspondiente al

Cuartel VI del Partido de Coronel Pringles, que son parte de la zona de

influencia de la localidad de Indio Rico.——————————

SEGUNDO: Para realizar las tareas del punto primero, la Asociaci¢n de –

——– Productores usar  m quinas y herramientas de su propiedad; y –

los kil¢metros a mantener son aproximadamente cien, seg£n plano que co-

mo Anexo I forma parte de este Contrato.——————————-

TERCERO: Se conviene que la Municipalidad de Coronel Pringles, con ma-

——– quinaria que dispone en la Delegaci¢n de Indio Rico, prestar

apoyo para limpieza de cunetas, entoscar pantanos, limpieza de alcanta-

rillas y otros; como contrapartida la Asociaci¢n de Productores  cola-

borar  con su maquinaria cuando as¡ lo solicite el Delegado Municipal –

para repasado y mantenimiento de las calles de la Localidad de Indio —

Rico, trat ndose de una contraprestaci¢n mutua.-

CUARTO: El plazo de duraci¢n de este Contrato se formalizar  por cuatro

——- a¤os a partir de la fecha de suscripci¢n del mismo, con la fa–

cultad de rescindirlo, por cualquiera de las partes, con comunicaci¢n –

fehaciente a la otra, de 90 d¡as.————————————–

QUINTO: La Municipalidad de Coronel Pringles, pagar  a la Asociaci¢n de

——- Productores de Indio Rico, por la prestaci¢n de este servicio,

el cincuenta por ciento (50%) del total recaudado por la Tasa de Con—

servaci¢n, Reparaci¢n y Mejorado de la Red Vial Municipal. El pago de –

dicha Tasa deber  depositarse por los Contribuyentes del Cuartel VI en

el Banco de la Naci¢n Argentina -Sucursal Indio Rico-, Cuenta Corriente

-Asociaci¢n de Productores- y se facultar  al mencionado Banco para que

semanalmente transfiera el 50% del total recaudado a la Cuenta   ——

Corriente No.10.071/7-96 que la Municipalidad tiene en el Banco de la –

Provincia de Buenos Aires -Sucursal Coronel Pringles.——————

SEXTO: La Municipalidad, a trav‚s de su personal t‚cnico fiscalizar  la

—— prestaci¢n de este Servicio.————————————

SEPTIMO: Queda prohibido a la Asociaci¢n de Productores de Indio Rico –

——– la cesi¢n total o parcial del presente Contrato, sin el previo

consentimiento prestado por la Municipalidad.-

OCTAVO: Las partes se someten a la jurisdicci¢n de los Tribunales comu-

——- nes de este Departamento Judicial, para el caso de que tengan –

que recurrir a ellos por motivos imprevistos y fijan los siguientes do-

micilios donde se considerar n v lidas todas las notificaciones que de-

ban realizarse como consecuencia o derivaci¢n; la Municipalidad en Ave-

nida 25 de Mayo e/ Alem y Col¢n, de la ciudad de Coronel Pringles y la

Asociaci¢n de Productores, en Calle Sarmiento e/ Bartolom‚ Mitre y 25 –

de Mayo de la Localidad de Indio Rico.———————————

NOVENO: El presente Contrato ser  elevado al Honorable Concejo Delibe–

——- rante  de esta Ciudad, para ser refrendado por el mismo.——-

——–CONFORMES se firman tres ejemplares iguales y a un s¢lo efecto

en la Ciudad de Coronel Pringles, a los      del mes de        de mil –

novecientos noventa y seis.——————————————–

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