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RESOLUCIÓN Nº 2.943

Expediente HCD. Nº 5.301-B-14.-

VISTO

Que son frecuentes las solicitudes de vecinos respecto a la necesidad de contar con un transporte de micros urbanos que llegue hasta el cementerio municipal; y

CONSIDERANDO

Que la solicitud mencionada en el Visto es entendible dado que nuestra necrópolis se encuentra alejada de la mayor parte de la ciudad;

Que por otro lado el aumento de los costos, principalmente combustible, produjo el aumento de la tarifa de los remises que prestan el servicio en la ciudad y frecuentemente trasladan pasajeros hasta el cementerio;

Que desde el mes de noviembre del año 2011 se encuentra aprobada la Ordenanza N° 3903 por la cual se crean 2 nuevas líneas de micros y se establece un mecanismo de coordinación entre las 3 líneas para que los vecinos se puedan trasladar por toda la ciudad;

Que en el recorrido de las líneas establecidas se tiene en cuenta al Cementerio Municipal;

Que desconocemos los motivos por los cuales el Departamento Ejecutivo no ha procedido a llamar a concesión las líneas creadas, cuestión que incluso fue consultada mediante un Comunicación elevada en diciembre pasado y que al momento de redactar esta iniciativa no ha tenido respuesta;

Que ante la falta de respuesta evaluaremos paralelamente qué acción tomar como Cuerpo, pero que esa situación no debe retrasarnos en la solicitud de cumplimiento de la Ordenanza N° 3.903, dado que allí se encuentra la respuesta para todos los vecinos que nos solicitan, cada vez con mayor frecuencia, poder utilizar el micro para trasladarse hasta el Cementerio;

Que como expresáramos al momento de presentar el Proyecto de Ordenanza sobre los micros somos consientes de lo poco rentable que resultan las líneas de micros en ciudades medianas o pequeñas, pero eso no quita que no se cumpla con los establecido en el Artículo 27 de la Ordenanza 3.903;

Que cumplido con el paso establecido en el artículo citado y de no existir oferentes se podrían buscar otras alternativas, ya sea mediante la normativa vigente o realizando modificaciones a la misma;

Por ello,

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE

RESOLUCION

ARTÍCULO 1º : Solicitarle al Departamento Ejecutivo la urgente puesta en marcha de la —–

Ordenanza N° 3.903/11.-

ARTICULO 2º:Firmar la presente en dos ejemplares, registrarla, comunicarla y archivarla.-

REGISTRADA BAJO EL Nº 2.943

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS VEINTICUATRO DIAS DEL MES DE ABRIL DE 2014.-

 

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