Expediente HCD. Nº 5.328-B-14.-
VISTO
El estado de abandono y suciedad que presentan varios terrenos baldíos; y
CONSIDERANDO
El reclamo de los vecinos;
El peligro que representan para la salud;
Que existen normas claras que establecen las obligaciones tanto de los propietarios como del Municipio;
Por ello,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE
RESOLUCIÓN
ARTICULO 1º: Solicitar al Departamento Ejecutivo por intermedio del área correspondiente, dé cumplimiento a lo normado en la Ordenanza Nº 3.344, exigiendo a los propietarios de terrenos baldíos o inmuebles en estado de abandono, como los designados catastralmente Mz. 426 – Parcela 7 y Mz. 427 –Parcela 9A en calle España, entre Garay y Moreno, que procedan a su limpieza y/o desmalezamiento (artículo 1º Ordenanza Nº 3.344).-
ARTICULO 2º: Solicitar al Departamento Ejecutivo por intermedio del área correspondiente, dé cumplimiento a lo normado en la Ordenanza Nº 1.900, en su artículo 3º, donde se establece la obligación de construir cercos y veredas en los solares o edificios no ocupados en visible estado de abandono que represente un peligro para la seguridad, higiene y salubridad de la población.-
ARTICULO 3º: Firmar la presente en dos ejemplares, registrarla, comunicarla y archivarla.-
REGISTRADA BAJO EL Nº 2.951.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS OCHO DIAS DEL MES DE MAYO DE 2014.-