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RESOLUCIÓN Nº 3.010

Expediente HCD. Nº 5.516-B-14.-

VISTO

Que como es de público conocimiento el partido de Coronel Pringles en su totalidad ha sufrido los embates de la naturaleza y como consecuencia de las copiosas lluvias habidas en nuestro distrito y zona, gran parte de nuestra ciudad, de la localidad de Indio Rico, y zonas rurales se vieron afectas por dichas lluvias, sufriendo graves inundaciones, generando severos daños en las viviendas de nuestros vecinos; y

CONSIDERANDO

Que en muchos de los hogares afectados por la crecida de las aguas sufrieron diversos daños tanto en sus casas como en los bienes muebles y aparatos electrodomésticos que se encontraban dentro de sus hogares, tales como camas, colchones, heladeras, cocinas., etc.;

Que asimismo es preciso destacar que esta no fue la primera inundación que aqueja a nuestros vecinos sino que en muchos de los barrios se vienen dando año tras año, y cada vez con menor frecuencia de intervalos entre uno y otro evento;

Que en mucho de los casos nuestros vecinos aún estaban pagando las cuotas de los créditos tomados para comprar y/o reponer y/o reparar los bienes dañados por las inundaciones anteriores;

Que el Departamento Ejecutivo, con la intervención del Comité de Crisis que se creó para las últimas inundaciones sufridas días pasados, debe tener el mapa respectivo para poder que determinar qué calles, que barrios y cuales hogares fueron notoriamente afectados por las inundaciones;

Que mas allá de la ayuda que pudiera venir desde la Provincia o de la Nación, y/o de créditos blandos que se otorguen, es una función específica y obligatoria del Departamento Ejecutivo solucionar los problemas de nuestros vecinos, más aún cuando han sido víctimas de una catástrofe natural;

Que por otra parte existen fondos suficientes en las arcas del municipio, entre ellos excedentes del ejercicio del año pasado de libre disponibilidad, que superan los siete millones de pesos ($ 7.000.000), ello sin contar los fondos afectados;

Que el Departamento Ejecutivo a través de la reglamentación de la presente, podrá determinar si la ayuda a brindar a nuestros vecinos inundados lo sea mediante subsidios no reintegrables en aquellos casos de familias de muy escasos recursos o cuyos ingresos en conjunto no superen el monto de un salario mínimo vital y móvil; o bien mediante el sistema de subsidios rotativos para aquellas familias que por su condición socio económica puedan devolver dicho préstamo en cuotas accesibles;

Que el Departamento Ejecutivo podrá reglamentar como deberán acreditar los vecinos afectados haber sido efectivamente víctimas directa de la inundación, qué bienes se les han dañado total o parcialmente, y el destino a dar a los fondos que el Municipio les otorgue;

Que ayudar a los vecinos que realmente se vieron afectados por las inundaciones debe ser una prioridad para los intereses de nuestro Municipio;

Por ello,

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE

RESOLUCIÓN

ARTÍCULO 1º: Solicitar al Intendente Municipal establezca un sistema de otorgamiento de subsidios no reembolsables y de subsidios rotativos para los ciudadanos que efectivamente hubieran sido afectados por las últimas inundaciones y que hubieran sufrido daños materiales en sus bienes muebles y electrodomésticos, debiendo acreditar a tal fin los daños y el destino de los fondos a percibir;

ARTÍCULO 2º: Firmar la presente en dos ejemplares, registrarla, comunicarla y archivarla.-

REGISTRADA BAJO EL Nº 3.010.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS VEINTE DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE 2014.-

 

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