VISTO
Que la Ordenanza Nº 4170/14 establece el Régimen Escalafonario Municipal;.
Que dicha Ordenanza Reglamenta la carrera de Personal de Planta Permanente de la Municipalidad de Coronel Pringles;
CONSIDERANDO
Que la Ordenanza anteriormente mencionada, contiene algunos conceptos de difícil interpretación u omisiones;
Que es necesario dotar al Departamento Ejecutivo de las herramientas necesarias para la plena aplicación de la norma mencionada;
Que la propuesta enviada por el D.E., desvirtúa el espíritu de la Ordenanza 4170/14 votada por este Honorable Cuerpo;
Que este Honorable Cuerpo, apela a la buena voluntad del Departamento Ejecutivo, a fin de que el mismo, evalúe e incorpore las modificaciones propuestas por el HCD.;
Que es de vital importancia que el Departamento Ejecutivo tome las recomendaciones de este Honorable Cuerpo para poder dar una respuesta a toda la Planta Permanente Municipal;
Por ello,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE
RESOLUCION
ARTICULO 1º: Solicitar al Departamento ejecutivo, a través del área que corresponda, realice las siguientes modificaciones propuestas para el Escalafón del Personal de Planta Permanente de la Municipalidad de Coronel Pringles, votado el 20 de Noviembre de 2014, a través de la Ordenanza 4170/14.Los siguientes artículos deberían quedar redactados de la sig. Forma:
ARTICULO 3º: Este régimen escalafonario constituye un conjunto de normas que reglan la carrera del personal de PLANTA PERMANENTE de la MUNICIPALIDAD DE CORONEL PRINGLES, agrupándolo de acuerdo a las características de las prestaciones que realiza y escalafonándolo en función de la antigüedad, el desempeño de tareas y funciones, conocimiento, experiencia y responsabilidad en el cargo.
ARTICULO 13°: El escalafón del personal Administrativo está compuesto por 17 categorías (Ingresante,1,2,3,4,5,6,7,8,9,10,11,12,13,14,15,16). El ingreso se realizara por el grado de ingresante, desarrollándose hasta la categoría máxima (16) SUB DIRECTOR.
ARTICULO 19º: El escalafón del Personal Maquinistas y Choferes está compuesto por 13 (trece) categorías (Ingresante, 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12) El ingreso se realizará por la categoría ingresante, desarrollándose hasta la categoría máxima (12) JEFE DE AREA. El personal dentro de este agrupamiento tendrá un adicional sobre el básico según la categoría que revista, que será reglamentado por el Departamento Ejecutivo.-
ARTICULO 37º: Para los agentes de las categorías Ingresante a 13 inclusive, se establecen 5 (cinco) factores de evaluación, a saber: grado de especialización de la tarea; conocimiento del cargo y antigüedad; calidad del trabajo; responsabilidad; iniciativa y actitud hacia el trabajo en equipo. La calificación mínima por factor es 1 (uno) y la máxima 10 (diez). Cada uno de estos factores será calificado con los rangos de puntajes que se detallan en el siguiente cuadro:
Rango de Puntaje para calificar por factor |
1-2-3 (Insuficiente) |
4-5 (Regular) |
6-7 (Bueno) |
8-9 (Muy bueno) |
10 (Sobresaliente)
Rango de Puntaje | Categoría |
46 a 50 | Asciende 3 categorías |
36 a 45 | Asciende 2 categorías |
26 a 35 | Asciende 1 categoría |
16 a 25 | Sin ascenso |
1 A 15 | Sin ascenso |
Ver. Tabla N° 2
ARTICULO 45º: Quedan establecidos los siguientes regímenes salariales para cada uno de los dos grupos que componen este Régimen Especial: para el primer grupo, se establece como sueldo básico de un Médico de Planta con un régimen de 12 (doce) horas semanales, el equivalente a la categoría 5 del agrupamiento Administrativo de 30 (treinta) horas semanales del Régimen Estructural; para el segundo grupo, se establece como sueldo básico de un Técnico con un régimen de 25 (veinticinco) horas semanales, el equivalente a la categoría 5 del agrupamiento Administrativo de 35 (treinta y cinco) horas semanales del Régimen Estructural. Se establece la proporcionalidad en la cantidad de horas trabajadas para determinar el sueldo respecto a los sueldos base fijados para cada grupo.-
ARTICULO 50º: A los efectos de la aplicación inicial del presente Régimen Escalafonario Municipal se considerarán las siguientes equivalencias respecto a la tabla de categorías vigente hasta antes de la aplicación de la presente Ordenanza respetando los rangos a la que a cada uno le corresponde a saber:
Escalafón hasta 2014 Escalafón 2015
Categoría B = Categoría 16 – Subdirector
Categoría C1/C2 = Categoría 15 – Jefe de Departamento
Categoría D3. = Categoría 14 – Jefe de División
Categoría D2 = Categoría 13 – Jefe de Sección
Categoría D1 = Categoría 12 – Jefe de Area
Categoría E3 = Categoría 7 (Serv./Obrero/MyC/Adm.) y Categoria 9 (Tec./Prof.)
Categoría E2 = Categoria 6 (Serv./Obrero/MyC/Adm.) y Categoria 9 (Tec./Prof.)
Categoría E1 = Categoría 5-1 (Serv./Obrero/MyC/Adm) y Categoria 8 (Tec./Prof.)
Ingresante = Ingresante
Para el caso de los agentes municipales que sus categorías anteriores no encuentran una equivalencia en su agrupamiento, se escalafonará en la categoría inmediata superior.-
ARTICULO 51º: A los efectos de la aplicación inicial del presente Escalafón Municipal, se establecen las siguientes equivalencias en los regímenes horarios semanales, en relación a los regímenes anteriores a la aplicación de este Escalafón:
Régimen 35 horas = 30 horas
Régimen 40 horas = 35 horas
Régimen 44 horas = 40 horas
Régimen 48 horas = 48 horas
4.-
TABLA N° 1
servicios | obrero | Maq-chof | admin | tecnico docente | profesional | Cargos |
16 | 16 | 16 | sub director | |||
15 | 15 | 15 | Jefe de Dpto | |||
14 | 14 | 14 | Jefe Division | |||
13 | 13 | 13 | Jefe seccion | |||
12 | 12 | 12 | 12 | 12 | 12 | Jefe Area |
11 | 11 | 11 | 11 | 11 | 11 | |
10 | 10 | 10 | 10 | 10 | 10 | |
9 | 9 | 9 | 9 | 9 | 9 | |
8 | 8 | 8 | 8 | 8 | 8 | |
7 | 7 | 7 | 7 | ingresante | ingresante | |
6 | 6 | 6 | 6 | |||
5 | 5 | 5 | 5 | |||
4 | 4 | 4 | 4 | |||
3 | 3 | 3 | 3 | |||
2 | 2 | 2 | 2 | |||
1 | 1 | 1 | 1 | |||
Ingresante | ingresante | ingresante | Ingresante |
5.-
Aspectos a Considerar | Sobresaliente
(10) |
Muy Bueno
(9-8) |
Bueno
(7-6) |
Regular
(5-4) |
Deficiente
(3-2-1) |
Grado de Especialización | Demuestra una excelente preparación general y específica para la función y se destaca por sus sobresalientes condiciones para resolver situaciones nuevas y organizar y ejecutar las acciones correspondientes. | Evidencia muy buena preparación general y específica para la función y tiene notables condiciones para resolver situaciones nuevas y organizar y ejecutar las acciones correspondientes | Pone de manifiesto buena preparación general y específica para la función y buen criterio para resolver situaciones nuevas y organizar y ejecutar acciones. | Posee limitada preparación general y específica para la función y demuestra escasas condiciones para resolver situaciones nuevas y organizar y ejecutar acciones. | No posee preparación general ni específica para la función ni condiciones para resolver situaciones nuevas. |
Conocimiento del Cargo y Antigüedad | Manifiesta óptimo interés por el perfeccionamiento: asiste a cursos y seminarios y aplica con excelente criterio los conocimientos adquiridos. | Muy interesado por el perfeccionamiento, aplica con muy buen criterio los conocimientos adquiridos. | Demuestra aceptable interés por el perfeccionamiento y aplica con buen criterio los conocimientos adquiridos. | Tiene escaso interés por el perfeccionamiento y aplica los conocimientos adquiridos con criterio limitado. | No demuestra interés alguno. |
Calidad del Trabajo | Organiza y planifica las tareas en forma óptima. | Organiza y planifica la tarea con muy buen criterio. | Organiza y planifica las tareas con criterio aceptable. | Posee regular criterio para organizar y planificar las tareas. | No organiza ni planifica las tareas. |
Responsabilidad | Actúa con óptima responsabilidad.
Tiene perfecta asistencia y puntualidad. |
Tiene muy buen sentido de la responsabilidad. Tiene muy buena asistencia y puntualidad. | Actúa con responsabilidad. Tiene buena asistencia y puntualidad. | Actúa con limitada responsabilidad. Tiene frecuentes inasistencias y falta de puntualidad. | No manifiesta responsabilidad en el cargo y tiene alto índice de inasistencias. |
Iniciativa y actitud hacia el trabajo en equipo | Excepcionalmente creativo, promueve el cambio y demuestra un alto nivel de iniciativa. Posee sobresalientes condiciones para integrarse al grupo de trabajo y se destaca como excelente colaborador de sus superiores | Manifiesta notable creatividad y nivel de iniciativa. Predisposición para el cambio. Tiene muy buenas condiciones para integrarse al grupo de trabajo y es muy colaborador de sus superiores. | Evidencia creatividad y presenta iniciativas útiles. Acepta el cambio. Se integra al grupo de trabajo en forma aceptable y colabora con sus superiores. | Poco creativo, manifiesta escasa iniciativa. Es reticente al cambio. Tiene dificultades para integrarse al grupo de trabajo y demuestra poca tendencia a la colaboración. | No posee creatividad ni manifiesta iniciativa. Rechaza el cambio. |
TABLA N°2
ARTICULO 2º: Firmar la presente en dos ejemplares, registrarla, comunicarle a quien corresponde, y archivarla.
REGISTRADA BAJO EL Nº 3.019.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS DIECISEIS DIAS DEL MES DE ENERO DE 2015.