Expediente HCD. Nº 6.306-B-17
VISTO
La Ordenanza 3.178, modificatoria de la Ordenanza 1900, cuyo Art. 2 declara obligatoria obligatoria la limpieza y carpido de malezas y;
CONSIDERANDO
Que en diferentes lugares de nuestra ciudad se encuentran terrenos baldíos –algunos de propiedad privada, otros publica- con pastizales y malezas de considerable volumen (como la que se anexa a titulo ejemplificativo);
Que es inminente el comienzo de épocas y temporadas donde se alcanzan altas temperaturas diurnas;
Que además del riesgo incendiario que representan las condiciones mencionadas, los terrenos caracterizados, constituyen un importante foco de riesgo, por la aptitud que tienen de constituirse en hábitat de ratas, mosquitos, arañas y otras plagas peligrosas para la salud de grandes y niños;
Por ello
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE
RESOLUCIÓN
ARTICULO 1º: Solicitar al Departamento Ejecutivo que a través del área que corresponda proceda a identificar los terrenos baldíos y sus titulares, quienes deban responder por ellos, que, por la magnitud sus pastizales puedan constituir un riesgo incendiario o un potencial peligro para la salubridad de los vecinos, intimando a aquellos al desmalezamiento y/o acondicionamiento de los mismos.
ARTICULO 2º: Solicitar al Departamento Ejecutivo proceda al desmalezamiento y/o acondicionamiento de terrenos fiscales que posean las características mencionadas en el Artículo 1º.
ARTICULO 3º: Firmar la presente en dos ejemplares, comunicarla, registrarla y archivarla.
REGISTRADA BAJO EL Nº 3.282
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS 16 DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE 2017.-